La empresa guipuzcoana Construcciones y Auxiliar de Ferrocarriles (CAF) ha respondido a las críticas recibidas por su participación en la construcción y operación del tranvía de Jerusalén, un proyecto cuestionado por atravesar territorios palestinos ocupados.
En un comunicado la compañía reconoce que es “plenamente consciente de las complejas implicaciones jurídicas y éticas vinculadas al Proyecto de Jerusalén, en particular en relación con el Derecho Internacional Humanitario y la responsabilidad de las empresas”. Al mismo tiempo, subraya “la importancia de equilibrar cuidadosamente la protección de los Derechos Humanos con la necesidad de ofrecer a la población una infraestructura esencial para todas las comunidades sin discriminación”.
CAF recuerda que el contrato fue adjudicado en 2019 junto a la constructora israelí Shapir y que se han seguido todos los trámites legales, con aval de expertos independientes y de tribunales internacionales. También asegura haber aplicado protocolos de diligencia debida en derechos humanos y destaca que el tranvía “facilita la movilidad y el acceso a servicios básicos” tanto para población israelí como palestina.
El proyecto, valorado en unos 1.800 millones de euros, incluye la construcción de la Línea Verde y la ampliación de la Línea Roja, además de su explotación y mantenimiento durante 25 años. La empresa afirma que más de la mitad de los usuarios habituales del tranvía pertenecen a la comunidad árabe y que un 25 % de la plantilla operativa es de origen árabe.
Pese a estas explicaciones, el Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos tiene previsto incluir a CAF en su base de datos de compañías que operan en asentamientos en territorios ocupados, un listado que no conlleva sanciones pero que supone un fuerte cuestionamiento ético y reputacional.
Comunicado íntegro de CAF
En cumplimiento de lo previsto en el artículo 227 de la Ley 6/2023, de 17 de marzo, de los
Mercados de Valores y de los Servicios de Inversión, y normativa complementaria, la sociedad
Construcciones y Auxiliar de Ferrocarriles, S.A. (“CAF” o la “Sociedad”) procede a comunicar
la siguiente información relevante en relación con el proyecto de tren ligero de Jerusalén:
En los próximos días está prevista la publicación del informe del Alto Comisionado de las
Naciones Unidas que se presentará ante el Consejo de Derechos Humanos en el marco del 60º
periodo de sesiones del mismo, en el que se revisará la base de datos de empresas que participan,
directa o indirectamente, en alguna de las actividades de la lista contenida en el informe anual
del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos de 2 de agosto de
2024 (A/HRC/57/21), y en la que está prevista la inclusión de CAF.
Como se indica en el informe del Alto Comisionado A/HRC/57/21, así como en los informes
anteriores del mismo Órgano A/HRC/43/71, de 28 de febrero de 2020, y OHCHR, (Oficina del
ACNUDH), de 30 de junio de 2023, “El ACNUDH tiene el mandato de realizar las
constataciones fácticas de si las empresas participan en una o más de las actividades incluidas
en la lista, con miras a añadirlas o retirarlas de la base de datos. Esa labor no constituye ni
pretende constituir un proceso judicial o cuasijudicial de ningún tipo, ni establece una
calificación jurídica alguna de las actividades incluidas en la lista ni de la participación de las
empresas en tales actividades”.
El Proyecto de Jerusalén (o “el Proyecto”) fue adjudicado en 2019 a favor de TransJerusalem JNet Ltd., sociedad participada al 50% por la constructora israelí, Shapir Civil & Marine
Engineering Ltd (Shapir) y CAF, con un valor total aproximado de 1.800 M€. Comprende la
construcción de la Línea Verde así como la ampliación de la Línea Roja existente, que discurren
parcialmente por Jerusalén Este. Se estima que esta fase de construcción concluya en 2027.
Asimismo, el Proyecto incluye la operación de ambas Líneas durante 15 años (extensibles a 25
años) y su mantenimiento durante 25 años, a través de otra sociedad participada igualmente al
50% por Shapir y CAF que comenzó su actividad en 2021.
Más allá del cumplimiento del marco normativo aplicable, CAF está firmemente comprometida
con la ética empresarial y el respeto de los Derechos Humanos en todas sus operaciones,
incluyendo la cadena de valor, con base en los más altos estándares de responsabilidad y
transparencia. Para ello, CAF cuenta con una serie de normas, procedimientos y sistemas,
adoptados al máximo nivel, que conforman un completo Sistema de Compliance, de aplicación
a todo el Grupo, así como a los terceros que contratan con CAF, con el objeto de prevenir y
actuar contra cualquier conducta que pudiera ser contraria a la ética, a la ley o al Sistema
Normativo Interno de CAF. En particular, en materia de Derechos Humanos, CAF dispone de
una Política específica de diligencia debida, que tiene su desarrollo en varios procedimientos de
detalle, que refuerza, al más alto nivel, su compromiso ético en todas sus actividades y relaciones
comerciales.
CAF es plenamente consciente de las complejas implicaciones jurídicas y éticas vinculadas al
Proyecto de Jerusalén, en particular en relación con el Derecho Internacional Humanitario y la
responsabilidad de las empresas, y de la importancia de equilibrar cuidadosamente la protección
de los Derechos Humanos con la necesidad de ofrecer a la población una infraestructura esencial
para todas las comunidades sin discriminación.
Por ello, a lo largo de la ejecución del Proyecto CAF ha aplicado medidas específicas de
diligencia debida con tres niveles de intensidad (general, reforzada e intensificada), de acuerdo
con la Guía de Diligencia Debida en Contextos Afectados por Conflictos, publicada por
Naciones Unidas, con el objeto de identificar, prevenir y mitigar, en su caso, cualquier impacto
adverso en los Derechos Humanos.
Como primera medida con carácter previo a la firma del contrato relativo a este Proyecto, CAF
realizó un análisis legal, a través de consultas a expertos independientes de reconocido prestigio,
incluyendo catedráticos en Derecho Internacional y expertos de las Naciones Unidas, que
confirmaron la ausencia de cualquier incumplimiento derivado de la participación de CAF en el
mismo. Esta conclusión se encuentra asimismo respaldada por la sentencia de la Corte de
Apelación de Versalles dictada en relación con la Línea Roja, en la fase previa a su ampliación,
que desestimó la vulneración del Derecho Internacional por las empresas participantes en el
Proyecto. Por su parte, los servicios jurídicos de la Administración competente en España
confirmaron que el Proyecto se ajustaba a la legalidad internacional y no identificaron ninguna
objeción legal para la firma del contrato y posterior ejecución del Proyecto. Realizadas estas
comprobaciones, la sociedad TransJerusalem J-Net Ltd. (ahora denominada CFIR Light Rail
Ltd.) firmó el contrato de concesión con fecha 26 de septiembre de 2019.
En el ejercicio 2020 se inició un procedimiento ante el Punto Nacional de Contacto, órgano
colegiado interministerial del Gobierno de España creado para favorecer la eficacia de las Líneas
Directrices de la OCDE, cuyo informe final se emitió en 2022 sin identificar ningún
incumplimiento legal de CAF ni la vulneración de ningún derecho.
Asimismo, durante la ejecución del Proyecto y hasta la fecha, CAF ha seguido de cerca las
resoluciones dictadas por diferentes organismos internacionales, siempre contrastándolas con los
asesores externos y expertos independientes, que mantienen sin variación sus conclusiones
favorables iniciales.
Por otra parte, CAF ha llevado a cabo una evaluación inicial de los riesgos del Proyecto, y
reevaluaciones posteriores, sin que hasta la fecha se haya identificado ninguna vulneración de
los Derechos Humanos ni se haya materializado ningún impacto adverso. Al contrario, el
Proyecto de Jerusalén genera impactos positivos en la población, lo que ha sido corroborado a
través de informes de expertos independientes realizados en el año 2023, y nuevamente, en julio
de 2025.
Dichos informes, elaborados tras visitas in situ y entrevistas a usuarios y representantes de las
diferentes comunidades, destacan la utilidad social del tranvía de Jerusalén, que constituye una
infraestructura de servicio público esencial y es catalizador del cumplimiento de Derechos
Humanos como la libertad de movimiento, y el acceso al empleo, la atención médica, la
educación y los lugares de culto a toda la población, sin distinción, con especial beneficio para
las comunidades más vulnerables. Por todo ello, los informes concluyen que el Proyecto tiene
un impacto positivo, de manera no discriminatoria, brindando acceso a servicios sociales básicos
y proporcionando una infraestructura sostenible y ecológica.
Los datos de movilidad disponibles confirman que los miembros de la comunidad árabe, que
constituyen una parte significativa de los usuarios del tranvía, son los que lo utilizan con más
frecuencia (más de la mitad de ellos lo utiliza tres o más veces a la semana), la gran mayoría de
los cuales se sitúan en los niveles más altos de satisfacción con el servicio, de acuerdo con
las encuestas de calidad elaboradas periódicamente por una agencia especializada.
La sociedad a cargo de la operación y mantenimiento del sistema sigue una estricta política de
contratación inclusiva y no discriminatoria -cerca de un 25% de los empleados son árabes.
Adopta, además, medidas específicas para evitar cualquier discriminación por razones étnicas,
de nacionalidad, religiosas, o de otro tipo, asegurando que el sistema de transporte sea accesible
a cualquier persona y que los letreros y señales sean plurilingües, incluyendo el idioma árabe y
el hebreo.
Los informes independientes antes mencionados también destacan el alto nivel de cumplimiento
por parte de CAF de los principales estándares internacionales sobre responsabilidad social
corporativa y sostenibilidad y el cumplimiento de la Diligencia Debida en materia de Derechos
Humanos de acuerdo con los Principios Rectores de la ONU y las Directrices de la OCDE.
Los impactos positivos evidenciados, junto con la ausencia de impactos negativos
materializados, respaldan la efectividad de la Diligencia Debida realizada hasta la fecha que, en
cualquier caso, es monitoreada con carácter continuo.
CAF reporta anualmente, en los Estados Anuales de Información No Financiera-Informes de
Sostenibilidad, sobre las medidas de diligencia debida aplicadas a sus proyectos, con especial
mención, en un apartado específico, a las referidas al Proyecto de Jerusalén, sometiendo dicha
información a verificación externa independiente, con resultados satisfactorios hasta la fecha.
CAF mantiene su compromiso de actuar de acuerdo con los más altos estándares de integridad,
responsabilidad y transparencia, y de continuar realizando un seguimiento prioritario de
cualquier asunto material relativo a la ética y a los Derechos Humanos, así como del marco
normativo en el que desarrolla su actividad.



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