Tribunales

El TSJPV confirma la condena a un hombre por violar y maltratar a su esposa en Donostia

El alto tribunal vasco confirma todos los hechos probados en la sentencia condenatoria de la Audiencia de Gipuzkoa

TSJPV El TSJPV confirma la condena a un hombre por violar y maltratar a su esposa en Donostia
Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Foto: DonostiTik

San Sebastián, 1 abr (EFE).- El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado el recurso interpuesto por un hombre condenado a 14 años y 4 meses de cárcel por violar en una ocasión y maltratar habitualmente a su esposa a lo largo de más de 30 años, así como por vejar a uno de sus dos hijos durante la convivencia familiar.

El alto tribunal vasco confirma todos los hechos probados en la sentencia condenatoria de la Audiencia de Gipuzkoa, ocurridos en el domicilio familiar de San Sebastián entre los años 1988 y 2021, en los que el maltrato físico del varón a la mujer se produjo «de manera continuada, sistemática y persistente» con el fin de «imponer su voluntad recurriendo a una posición de dominio y abuso de poder».

Según la sentencia difundida este miércoles por el TSJPV, la Sala de lo Civil y Penal considera que el fallo de la Audiencia guipuzcoana está razonado «suficientemente» y destaca «una serie de aspectos probatorios de especial interés», como «la lógica interna y la consistencia de la declaración de la víctima, con un relato coherente mantenido a lo largo del tiempo».

Subraya además «la declaración de los hijos, especialmente en los delitos distintos de la agresión sexual», así como «la declaración de las otras testigos de referencia» y «la falta de acreditación de intereses espurios, en tanto la cantidad a la que se condena no es relevante para la víctima o los testigos desde una perspectiva global».

Los jueces advierten además de que no se pueden acoger las alegaciones planteadas en la apelación dentro del principio ‘in dubio pro reo’ (en caso de duda, a favor del reo), «en tanto no se plantea una duda objetiva, sino que el recurso se limita a negar la existencia de los hechos».

Contra el pronunciamiento del TSJPV, cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

Al no ser una sentencia firme, el tribunal guipuzcoano optó por mantener al condenado en libertad, prohibiéndole abandonar el país y con las condiciones de que entregase su pasaporte, compareciese en la Audiencia todos los viernes, respetase la orden de alejamiento y no comunicación con la víctima, y de que portase una pulsera de control. 

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