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Tribunales

Condenados 9 de los 13 acusados de la agresión de Pasaia y absueltos los otros 4

En el inicio el damnificado fue abordado por dos de los acusados que le pidieron el patinete y su teléfono móvil y le propinaron un empujón

Audiencia provincial. Foto: Santiago Farizano

(EFE). Nueve de las trece personas que fueron juzgadas el pasado marzo por la paliza sufrida por un joven en Pasai Antxo, en 2021, han sido condenadas por la Audiencia de Gipuzkoa como autoras de un delito de lesiones con la agravante de abuso de superioridad, mientras que las cuatro restantes han sido absueltas.

La sentencia del caso, a la que ha tenido acceso EFE, impone a los dos principales acusados cinco años de prisión, mientras que a los otros siete (tres mujeres y cuatro varones) les condena a tres años, cinco meses y un día de cárcel, entre otras penas accesorias.

La resolución, de 127 páginas, rechaza que los hechos sean constitutivos de un delito de homicidio en grado de tentativa, como reclamaban la Fiscalía y la acusación particular ya que, según señala el texto judicial, «no puede entenderse que el ánimo que guiaba la acción» de los procesados «fuera el ánimo de matar sino más bien el de lesionar».

«Ello pese a las expresiones que se vertieron en el concreto momento de la agresión, que pudieron ser más propias del acaloramiento, dado que hay un solo acometimiento, con heridas sólo cortantes y no punzantes, leves, que no requirieron sino sutura», detalla el escrito.

Herida fácilmente

El documento considera que «todos los sujetos que se encontraban en el grupo agresor contribuyeron decisivamente a que la víctima fuera alcanzada, acorralada y colocada en situación de ser herida fácilmente por todos los demás».

Por otra parte, la sentencia absuelve a los procesados del delito de robo con violencia del que estaban acusados, al «descartar el dolo conjunto de apoderamiento» por parte de «todos los intervinientes» cuando «iniciaron la agresión» y que fuera «éste ánimo el que guiara la acción grupal» sin que se pueda atribuir a «ninguno de los procesados» la conducta «concreta» de robo.

La resolución lamenta la «altamente significativa» falta de testigos directos en este caso que «pudieran haber visto los hechos desde la ventanas y balcones de los edificios» y que fueron «los que alertaron a la Ertzaintza», que sin embargo luego obtuvo un «silencio clamoroso» cuando los requirió como testigos para el proceso judicial.

Caminaba hacia su domicilio

Según el texto judicial, los hechos sucedieron pasada la medianoche del 15 de mayo de 2021, cuando la víctima caminaba hacia su domicilio después de que su patinete eléctrico se hubiera quedado sin batería.

En un momento del recorrido, el damnificado fue abordado por dos de los acusados que le pidieron el patinete y su teléfono móvil y le propinaron un empujón, si bien el afectado logró zafarse y reanudar la marcha a su casa.

Sin embargo, cuando ya se encontraba en su portal, la víctima fue abordada nuevamente por trece personas que, «con ánimo de menoscabar su integridad física, comenzaron a pegarle golpes, patadas y puñetazos».

Seguidamente, uno de los atacantes «le agarró del cuello diciendo: ‘te voy a matar, te voy a matar'» y «trató de clavarle un cuchillo en el abdomen» sin lograrlo, al pararlo el daminificado «con las manos» en las que sufrió «cortes».

Quitarle la vida

Asimismo otro varón la aseguró que le iba a «quitar la vida», al tiempo que intentó «cortarle el cuello» con una navaja, pero no lo logró porque la víctima «consiguió mover la cabeza» y recibió «el golpe en la mandíbula».

Otro de los participantes golpeó además con una botella en la cabeza al agredido, quien también recibió un impacto con un bastón que tenía una bola en la empuñadura.

Luego los procesados continuaron «propinándole golpes hasta que una vecina bajó y logró parar la agresión manifestando que había avisado a la Policía, lo que dio lugar a que huyeran del lugar», detalla la sentencia.

Además de las citadas penas de prisión, la resolución judicial impone a los nueve condenados la obligación de compensar al perjudicado con 45.876,73 euros. También impide a los dos principales condenados aproximarse y comunicarse con la víctima durante seis años, período que se reduce a cuatro años y seis meses en el caso de los otros siete. Más información, aquí. 


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