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Ayuntamiento de San Sebastián

Los vecinos de Igeldo votarán el 14 de abril si quieren que se constituya como Entidad Local Menor

El alcalde Eneko Goia ha declarado que se trata “de un paso más que permite avanzar hacia la constitución definitiva"

Igeldo. Foto: David Pardo

El Ayuntamiento de Donostia ha acordado la constitución de la Entidad Local Menor de Igeldo, así como realizar la consulta a los electores del territorio, que se deberá celebrar con posterioridad a la adopción del acuerdo del Pleno y que no será vinculante. La votación será presencial y se celebrará el 14 de abril.

El alcalde Eneko Goia ha declarado que se trata “de un paso más que permite avanzar hacia la constitución definitiva de la constitución de la Entidad Local Menor, una vez aprobado el proyecto y finalizado el periodo de exposición pública, en el que no se han presentado alegaciones”.

El Pleno Municipal deberá ahora ratificar el acuerdo de la constitución adoptado por la Junta de Gobierno, así como la convocatoria para la consulta, su procedimiento, la pregunta que se realizará y otros detalles relacionados. La pregunta que se plantea para la consulta es la siguiente: ¿Está usted de acuerdo con la creación de la Entidad Local Menor de Igeldo?

La votación será presencial y se celebrará el 14 de abril de 2024 de 9:00h a 20:00h en el edificio Itsas Aurre, situado en Igeldoko Plaza, 4. Estarán convocadas todas aquellas personas mayores de 16 años que estén empadronadas dentro de la delimitación para la Entidad Local Menor de Igeldo en el momento en que el pleno apruebe la celebración de la consulta (previsiblemente el 22 de febrero de 2024).

Se posibilitará la votación anticipada entre los días 8 y 12 de abril de 2024 con cita previa en las dependencias del servicio de Participación (calle Easo 43, 1º derecha), no así el voto delegado.

Finalizado el periodo de votación, la mesa realizará el recuento público de votos emitidos y determinará el resultado. En el caso de que el resultado se favorable se remitirá el expediente a la Diputación Foral de Gipuzkoa para su resolución mediante Decreto Foral.

En el caso de que el resultado sea contrario a la constitución de la Entidad Local Menor, el órgano competente manifestará públicamente y de forma razonada cómo afectará el resultado de la consulta en el devenir del proyecto.


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