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Tribunales

Un condenado por violar a una mujer en Donostia pide rebajar la pena

El procesado considera "razonable" pensar que, en caso de haber sido juzgado con la "modificación" que implica la norma del "sólo sí es sí", su condena se hubiera encontrado "muy próxima" a la mínima de cuatro años

Audiencia provincial. Foto: Santiago Farizano

(EFE). Un hombre que fue condenado a siete años de cárcel por violar a una compañera de piso la madrugada del día de Año Nuevo de 2019 en San Sebastián ha reclamado una rebaja de pena, de siete a cinco años, en aplicación de la denominada ley del «solo sí es sí».

El hombre fue condenado el pasado 28 de junio a siete años de prisión por la Audiencia de Gipuzkoa y su decisión fue íntegramente confirmada el pasado 2 de noviembre por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), ante el que el acusado había formalizado un recurso de apelación.

No obstante, el hombre ha presentado ahora una nueva serie de alegaciones ante la Audiencia de Gipuzkoa, en las que solicita que, en función de la nueva normativa, le sea rebajada en dos años su condena.

Pena mínima de 4 años

En este documento, al que ha tenido acceso EFE, el procesado considera «razonable» pensar que, en caso de haber sido juzgado con la «modificación» que implica la norma del «sólo sí es sí», su pena se hubiera encontrado «muy próxima» a la mínima de cuatro años que prevé la nueva ley.

Argumenta para ello que él fue condenado a siete años en un momento en el que la pena mínima legal para este delito era de seis, mientras que ahora la pena mínima es de cuatro años, por lo que «en base a lo anterior» parece «razonable» pensar que la condena que hubiera recaído en el procesado sería de «cinco años».

«Así pues -prosigue el documento-, creemos que debe aplicarse el artículo 2.2 del Código Penal de manera directa y sin dilación alguna». Un artículo que prevé el efecto retroactivo de las leyes penales que favorecen al reo «aunque al entrar en vigor hubiera recaído sentencia firme y el sujeto estuviese cumpliendo condena».

Según la sentencia del caso, a la que ha tenido acceso EFE, los hechos sucedieron en un piso del barrio donostiarra de Amara en el que tanto el procesado como la víctima tenían alquiladas sendas habitaciones y en el que la damnificada cenó aquella noche junto a otras tres amigas para festejar el fin de año.

Estuvieron bailando

La resolución precisa que el último en hacerlo fue el acusado, quien estuvo en la cocina bailando con la víctima hasta que, «en un momento determinado de la noche», ésta «se marchó a descansar porque trabajaba a la mañana siguiente».

No obstante, transcurrido un tiempo, la mujer regresó, «bebió uno o dos vasos de agua», volvió a bailar con el inculpado y regresó definitivamente a su habitación.

El texto judicial aclara que, transcurrido un tiempo, entre las 5.30 y las 6.00 horas de la madrugada, el encausado entró en el dormitorio de la chica, quien para entonces «estaba profundamente dormida», «se metió en su cama» y «se tumbó encima de ella» y la violó.


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