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Tribunales

Donostia: Condenada por llevarse a sus 2 hijos de un centro durante una visita

La sentencia del caso deduce además testimonio contra la abogada que aconsejó a la madre por presunta cooperación en un delito de secuestro de menores

(EFE). Una madre ha sido condenada a dos años y once meses de cárcel por llevarse a sus dos hijos, de 5 y 7 años, de un centro de San Sebastián dependiente de la Diputación de Gipuzkoa en el que la mujer disfrutaba de un régimen supervisado de visitas de los menores, cuya guarda había sido atribuida al padre.

A petición de la Fiscalía y de las acusaciones particulares, la sentencia del caso deduce además testimonio contra la abogada que aconsejó a la madre por presunta cooperación en un delito de secuestro de menores.

El texto judicial, al que ha tenido acceso EFE, también condena a una multa, por un delito leve de lesiones, al novio de la madre, quien golpeó a uno de los trabajadores del centro cuando éste intentó evitar que se llevaran a los niños.

La resolución contextualiza los hechos, ocurridos en 2019, en un proceso iniciado tras el divorcio del matrimonio, dos años antes, en el que la mujer, de nacionalidad extranjera, pretendió «crear la ficción de unos malos tratos» supuestamente infligidos por el padre hacia los niños.

Con ello, aclara la resolución, aspiraba a conseguir la guarda y custodia de los pequeños «en exclusiva» y «apartarlos de toda relación» con la familia paterna y con su propio progenitor, «con un riesgo real» además de hacerlo «definitivamente» si decidía regresar «a su país natal».

De esta manera, según relató la acusada durante el juicio, en la Semana Santa de 2018 decidió no entregar a los niños a su padre aunque le correspondía a él pasar con ellos aquellas vacaciones, porque los pequeños eran víctimas de «malos tratos» por parte del hombre y de su entorno familiar.

Sin embargo, no comunicó esta decisión al afectado y, cuando la abuela paterna acudió a las 16.30 horas del 1 de abril a la estación de Renfe de San Sebastián para recogerlos, «tal y como estaba estipulado», los menores no aparecieron.

En esta tesitura, el padre intentó contactar telefónicamente con la procesada sin éxito, hasta que transcurrido un plazo se dio cuenta de que tenía un correo electrónico de aquel mismo día en el que ella le informaba de que no podía entregar a los niños, «debido a una causa familiar grave» sin especificar, y de que ya le comunicaría «con antelación suficiente una nueva fecha».

Según la sentencia, en los días siguientes el hombre no logró establecer «ningún tipo de contacto con sus hijos» porque la mujer había cambiado de móvil, a pesar de que también insistió en comunicarse con ella por correo electrónico hasta en siete jornadas diferentes.

En paralelo la mujer dejó de enviar a los niños al colegio, una situación que motivó finalmente la intervención del Servicio de Protección a la Infancia de la Diputación dado que también interpuso una denuncia por malos tratos a los niños por parte del padre.

Mientras se resolvía el asunto, la institución foral decretó el «desamparo» de los menores en dos órdenes forales que atribuyeron la guarda de los niños al padre y fijaron un «régimen supervisado de visitas» para la madre en un centro especializado.

Finalmente, el 13 de agosto de 2018 la denuncia fue sobreseída «en base al informe del equipo psicosocial» que descartó malos tratos por parte del padre y, al contrario, constató la existencia de «maltrato psíquico» por parte de la madre hacia los niños, quienes «tenían un discurso aprendido de que su aita les pegaba» y un «nivel elevadísimo de instrumentalización».

Así las cosas el 27 de junio de 2019, la acusada, junto a sus abogada y a su nuevo compañero sentimental «acordaron acudir» al citado centro, en el que estaba prevista una «visita supervisada» de la madre con los niños, «con la intención de llevárselos».

La resolución concreta que, de esta manera, sobre las 18 horas la madre, «asesorada por la letrada», comunicó al supervisor del local que acudían «a llevarse a los niños» porque las órdenes forales que se lo impedían «ya no estaban en vigor».

No obstante el encargado comprobó que sí estaban «vigentes», momento en el que la abogada le insistió en que la madre «había recuperado la custodia de sus hijos», que tenía «unos documentos que así lo demostraban» y que los encargados del lugar «no podían oponerse».

Ante la negativa del supervisor a permitir la salida de los niños, la madre pidió mantener la visita que tenía programada en un parque contiguo, al que finalmente acudió junto a los niños y al supervisor tras avisar por teléfono a su novio del lugar en el que todos ellos se encontraban.

El compañero de la mujer se personó entonces en el lugar a bordo de un taxi y, tras gritar: «nos vamos», cogió a uno de los niños de un brazo e inició un «forcejeo» con el supervisor, quien mantenía al pequeño asido por la otra extremidad y que finalmente decidió soltarlo «para evitar dañarlo», de forma que el procesado logró introducir al menor en el taxi.

Instantes después, el hombre regresó y comenzó a golpear al monitor mientras éste intentaba impedir que se llevara al segundo niño, quien estaba aún en brazos de la madre, momento en el que otra trabajadora del centro, que había sospechado de la actitud de la acusada y su abogada, logró bajar al primer hermano del taxi dando por finalizado el episodio.


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