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Tribunales

Juzgan a un acusado de agarrar y besar sin su consentimiento a una niña en Bergara

El procesado abordó a la adolescente con la excusa de "pedirle dinero para el autobús"

Audiencia provincial. Foto: Santiago Farizano

(EFE). Un hombre se enfrenta a una petición de tres años y medio de cárcel, acusado de rodear con sus brazos y besar en tres ocasiones sin su consentimiento a una niña de 13 años, a la que abordó cuando caminaba por una calle de Bergara.

Según el escrito de acusación provisional de la Fiscalía, al que ha tenido acceso EFE, los hechos se produjeron sobre las 21.00 horas del 21 de noviembre de 2021, cuando el procesado abordó a la adolescente con la excusa de «pedirle dinero para el autobús».

Sin embargo, añade el documento, «después de que la menor se negara a darle dinero», presuntamente «la rodeó con los brazos» y, «con ánimo de satisfacer sus deseos libidinosos», supuestamente «la besó en dos o tres ocasiones en la cara», al tiempo que le decía «qué guapa eres».

Un día más tarde, un juzgado dictó una medida cautelar de amparo a la víctima que prohibió al encausado acercarse a menos de trescientos metros de la menor y comunicarse con ella por cualquier medio.

La Fiscalía considera que estos hechos, que serán juzgados próximamente en la Audiencia de Gipuzkoa, son constitutivos «de un delito de abuso sexual» sobre una menor de 16 años, por el que reclama tres años y medio de prisión para el hombre, que no pueda aproximarse ni comunicarse con la niña durante cinco años y que sea inhabilitado diez años para cualquier profesión, oficio o actividades que conlleven un contacto regular y directo con menor de edad.

Asimismo, demanda que al tratarse de un ciudadano argelino, una vez cumplidas dos terceras partes de la pena de prisión, sea expulsado de este país durante ocho años y que, en caso de no ser esto posible, permanezca cinco años en situación de libertad vigilada.

Además, el Ministerio Público solicita que compense a su víctima con 2.000 euros por el «menoscabo moral» sufrido, «intrínseco a la vulneración de su indemnidad sexual».


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