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Rebajan de 6 a 4 años la condena por violar a una menor en Zarautz

Es la segunda ocasión en la que la Audiencia de Gipuzkoa revisa una agresión sexual a petición de un condenado por la nueva ley

Por E. B. / Redacción
31 enero, 2023 - Actualizado el 2 febrero, 2023
Tiempo de lectura: 3 mins
Audiencia provincial. Foto: Santiago Farizano
FacebookTwitterWhatsapp

(EFE). La Sección Tercera de la Audiencia de Gipuzkoa ha rebajado de seis a cuatro años, en aplicación de la ley del «sólo sí es sí», la condena impuesta a un joven condenado en enero de 2021 por violar a una menor de 16 años durante las fiestas de San Pelayo de 2017 en Zarautz.

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Este es la segunda ocasión en la que la Audiencia de Gipuzkoa revisa una agresión sexual a petición de un condenado en firme tras la entrada en vigor de la nueva normativa y la primera en la que lo hace a la baja.

En el caso precedente, la Sección Primera denegó el pasado 19 de enero la petición de un hombre para que se le redujera de siete a cinco años su condena por violar a una compañera de piso el día de Año Nuevo de 2019.

Para ello, apeló a la necesidad de recurrir a las «orientaciones jurisprudenciales» del TS con el fin de «atender al principio de proporcionalidad» de las penas ante la ausencia de «ningún tipo de Disposición Transitoria» en la nueva ley, al tiempo que destacó la necesidad de evitar «meras fórmulas de reduccionismo matemático» de condenas.

Previamente, esta misma Sección Primera había examinado ya de oficio todos los casos ya juzgados en su ámbito que, a su entender, podrían resultar susceptibles de aplicación de la ley del «sólo sí es sí» sin encontrar ninguno.

De seis a cuatro años

Por su parte, la Sección Tercera ha decidido ahora rebajar de seis a cuatro años la pena del procesado por la agresión de Zarautz en un auto, al que ha tenido acceso EFE, donde explica que cuando fue juzgado este joven recibió la pena mínima de la horquilla de la normativa antigua.

El documento aclara que sin embargo actualmente, con la nueva ley, esta horquilla se sitúa entre un mínimo de cuatro años hasta un máximo de doce.

«En consecuencia, si -entonces- se impuso la pena mínima de la pena del tipo de agresión sexual porque se entendió que no había circunstancias que determinaran superar el mínimo», ahora que se ha «rebajado la mínima» del delito también «procede imponer la pena mínima», señala el auto.

Los hechos sucedieron la madrugada del 22 de junio de 2017, en una casa abandonada de Zarautz a la que el condenado y su víctima acudieron después de haberse conocido en la zona de bares

Un sitio distinto

La chica explicó durante el juicio que conoció al acusado de madrugada mientras alternaba por la localidad costera, hasta que en un momento dado el chico le dijo que iban a ir a un sitio «distinto», si bien ella ya «no era muy consciente de lo que pasaba» debido al alcohol que había consumido y «no estaba bien» para «entender» lo que sucedía.

Por esta razón dijo no tener un «recuerdo claro» de cómo llegó hasta una casa abandonada, donde vio a otro joven en el piso de abajo, tras lo que el inculpado y ella fueron a otra planta donde el agresor la desnudó de cintura para abajo, la sentó en un «pretil», la agarró por los brazos y la violó, sin que ella pudiera moverse o defenderse aunque «lloraba» y gritaba que «no quería».

En el mismo juicio, el acusado, que cuando ocurrieron los hechos tenía 18 años sostuvo que las relaciones sexuales fueron consentidas.

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Tags: Audiencia Provincial de GipuzkoaGipuzkoaley del solo sí es sísolo sí es sí

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