San Sebastián, 23 abr (EFE).- La Audiencia de Gipuzkoa ha condenado a cuatro años y medio de prisión al profesor de un instituto de Irun juzgado el pasado mes de marzo al considerarlo autor de dos delitos de acercamiento sexual a menores de 16 años a través de internet y de otro de amenazas condicionales.
El tribunal también le ha impuesto una condena de 20 días de localización permanente por un delito leve de acoso sexual y 4 años de libertad vigilada, una vez que concluya la pena de cárcel, en una sentencia que puede ser recurrida ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV).
La Fiscalía había solicitado para el docente penas que sumaban 22 años de cárcel por delitos cometidos a través de internet con dos menores de 15 años y una tercera de 13.
La Sección Primera de la Audiencia guipuzcoana considera probado que, durante el curso escolar 2023-2024, el profesor contactó con estas tres alumnas del centro escolar donde impartía clases de ESO a través de una cuenta que había abierto en una red social con una identidad ficticia.
Mantuvo con ellas conversaciones «con manifestaciones trufadas de carácter sexual» y en dos ocasiones realizó «propuestas serias» de encuentros que finalmente no llegaron a consumarse, entre otras razones, porque el caso llegó a conocimiento de la dirección del centro, según informa el TSJPV en una nota sobre el contenido del fallo judicial.
El tribunal reconoce la importancia que han tenido para desvirtuar la presunción de inocencia del acusado las evidencias digitales que se han obtenido de los teléfonos móviles aportados por las menores y el relato «sólido» y «persistente» de estas, además del testimonio de varios profesionales del centro escolar que también declararon en la vista oral.
Por el contrario, la Audiencia guipuzcoana rechaza las alegaciones del acusado, quien en la vista celebrada en marzo se declaró víctima de estos hechos con el argumento de que era él el «objeto de deseo» de estas menores, cuando en realidad era él, advierte los jueces, «quien buscaba su proximidad física, en un acercamiento en modo alguno neutral o inocuo, sino con una clara finalidad de búsqueda, de preparación del terreno para ulteriores interacciones sexuales con las niñas».
Por ello, la Audiencia de Gipuzkoa concluye en la acción que el acusado desplegó con dos de las menores concurren todos los elementos para condenarle como autor del delito internacionalmente denominado «child grooming», es decir, de acercamiento sexual a menores a través de internet.
La resolución recuerda asimismo que fue el acusado el que facilitó a las menores su perfil falso, el que buscó a estas con un «claro instinto sexual». En definitiva, el profesor «andaba a la búsqueda de una menor que cayera seducida por sus encantos» y «preparaba el terreno para aquello que luego pudiera suceder, pero que no se materializó».
El tribunal entiende que asimismo ha quedado acreditado que el docente cometió un delito leve de acoso con relación a una de las menores, ya que también le pidió que le informara del domicilio en el que vivía, lo que causó en ella «un claro sentimiento de desasosiego y temor».
Además, la Audiencia de Gipuzkoa le condena por un delito de amenazas condicionales por remitir un correo electrónico a varios alumnos del centro, con un aviso expreso a las tres menores de que debían borrar todas las capturas de sus móviles, haciéndoles creer que si él presentaba una denuncia, la Policía iba a rastrear los móviles que el propio profesor indicara.
El acusado acompañó el mensaje con un archivo adjunto con las posibles infracciones civiles y penales en las que podrían incurrir las menores en caso de seguir compartiendo esas capturas en un intento de «infundir más temor» en las chavalas.
Por otro lado, el tribunal absuelve al docente de «tres delitos de solicitud de favores sexuales bajo precio y uno de exhibición sexual ante menores» de los que también estaba acusado, ya que no le consta que esto se produjera, ni que enviara ningún tipo de vídeo de contenido sexual en el que exhibiera sus partes íntimas.



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